Reagrupación familiar
Reagrupación familiar en España: documentos y proceso completo
La reagrupación familiar permite a un extranjero residente legal en España traer a determinados familiares directos para que residan junto a él o ella de forma regular. Es una de las vías más solicitadas por quienes ya cuentan con una situación estable en el país y quieren reunir a su núcleo familiar.
1. ¿Qué familiares puedes reagrupar?
- Cónyuge o pareja de hecho registrada, siempre que no exista separación legal o de hecho.
- Hijos menores de 18 años del reagrupante o de su cónyuge/pareja, incluidos los adoptados.
- Hijos mayores de edad con discapacidad que no puedan proveerse por sí mismos.
- Ascendientes (padres o suegros) mayores de 65 años, cuando esté justificada la necesidad de reagruparlos, y en determinados casos ascendientes en primer grado.
2. Requisitos del reagrupante
Quien solicita la reagrupación (el reagrupante) debe cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Contar con residencia legal en España durante al menos un año y tener autorización para residir al menos un año más en el momento de la solicitud.
- Acreditar vivienda adecuada para el número de personas a reagrupar, mediante contrato de propiedad o alquiler e informe o cédula de habitabilidad según la comunidad autónoma.
- Acreditar medios económicos suficientes para el sostenimiento de la unidad familiar una vez reagrupada, calculados en función del IPREM vigente y del número de familiares.
- Contar con seguro de salud o cobertura sanitaria para todos los miembros a reagrupar.
Los requisitos de ingresos y vivienda se revisan anualmente y varían según cuántos familiares quieras reagrupar, así que conviene verificar los importes vigentes antes de reunir la documentación.
3. El proceso paso a paso
- Solicitud inicial en España: el reagrupante presenta la solicitud de autorización de residencia por reagrupación ante la oficina de extranjería, aportando vivienda, ingresos y vínculo familiar.
- Resolución favorable: si se concede, se notifica al reagrupante, quien debe comunicarlo al familiar en el extranjero.
- Solicitud de visado: el familiar reagrupado solicita el visado de reagrupación familiar en el consulado español de su país de residencia, aportando la resolución favorable, su documentación personal y el certificado de antecedentes penales cuando corresponda.
- Entrada en España y TIE: una vez concedido el visado, el familiar debe entrar en España dentro del plazo indicado y solicitar su tarjeta de identidad de extranjero.
4. Documentación habitual
- Certificado de empadronamiento y contrato de vivienda del reagrupante.
- Justificantes de ingresos: nóminas, contrato de trabajo o declaración de la renta.
- Libro de familia, certificado de matrimonio o partida de nacimiento apostillados y traducidos, según el vínculo.
- Pasaporte vigente del familiar a reagrupar.
- Certificado de antecedentes penales del familiar, si es mayor de edad.
- Seguro médico para todos los miembros reagrupados.
5. Errores frecuentes
- No acreditar ingresos suficientes conforme al número real de familiares a reagrupar.
- Presentar documentos de vínculo familiar sin apostilla o traducción jurada.
- Iniciar el trámite antes de cumplir el año mínimo de residencia legal como reagrupante.
- No renovar a tiempo la autorización de residencia del reagrupante durante el proceso.
Reúne a tu familia sin contratiempos
Nuestra guía de Reagrupación Familiar detalla cada requisito, documento y plazo, con ejemplos prácticos según el familiar a reagrupar.